Órganos de gobierno, competencias y funciones

En cumplimiento con lo dispuesto en:

  • Artículo 6.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Artículos 12.1 y 12.3c) de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón

En este apartado se pueden consultar las competencias y funciones de los Órganos de Gobierno que componen la Mancomunidad de Aguas de Cuarte, Cadrete y María de Huerva, tal como se establece en su normativa de aplicación, especialmente en:

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
  • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
  • Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera
  • Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local
PRESIDENCIA

La Presidencia de la Mancomunidad le corresponderá al Alcalde del municipio de Cuarte de Huerva, (pendiente publicación)

VICEPRESIDENCIA

Las Vicepresidencias están ocupadas por la Alcaldesa del Ayuntamiento de Cadrete y por el Alcalde de María de Huerva. Los Vicepresidentes sustituirán por su orden al Presidente en caso de vacante, ausencia o enfermedad y ejercerán aquellas atribuciones que el Presidente expresamente les delegue.

  • (pendiente publicación)
CONSEJO DE LA MANCOMUNIDAD

Está integrado por los tres alcaldes de los municipios que lo integran, cuatro concejales del Ayuntamiento de Cuarte, un concejal del Ayuntamiento de Cadrete y un concejal del Ayuntamiento de María de Huerva. Designándose, siempre que sea posible, un vocal suplente para cada uno de ellos. Puede consultar los Estatutos de la Mancomunidad accediendo aquí.

  • Consejo de la Mancomunidad de Aguas Cuarte, Cadrete y María de Huerva (pendiente publicación)
​JUNTA DE GOBIERNO DE LA MANCOMUNIDAD

La Junta de Gobierno estará integrada exclusivamente por los alcaldes de cada municipio que forman la Mancomunidad, presidida por el Alcalde de Cuarte de Huerva y los acuerdos se adoptarán mediante voto ponderado en proporción a la representatividad de cada municipio. Corresponderá a dicha Junta la asistencia al Presidente, así como aquellas atribuciones que determine el reglamento o le deleguen el Consejo y el Presidente, ajustando su funcionamiento a las normas relativas a la Junta de Gobierno del Ayuntamiento contenida en la legislación de régimen local.​

Última actualización el martes, 26 de marzo de 2024 a 12:28